Autor: Lorenzo Soliz
Fecha: 28/08/2014
Lorenzo Soliz
Director general de CIPCA
Pese a las dificultades y la burocracia, la voluntad por la autodeterminación y la autonomía de los pueblos indígena originario campesinos no cejará.
Hace cinco años, el 2 de agosto de 2009, en Camiri, en el Chaco cruceño, se hizo el lanzamiento de las autonomías indígena originario campesinas. Se instituyó esa fecha como "el día de las autonomías indígenas” y se promulgó el Decreto Supremo 231 que se pensaba viabilizaría las autonomías indígenas.
Entonces se apuntaron unos veinte municipios que querían convertirse a este tipo de autonomía; sin embargo fueron muchas las barreras y los requisitos que debían alcanzar según la exigencia de la indicada norma: la resolución de interés de la organización indígena, la recolección de firmas de por lo menos el 10% de la población votante, la resolución de conformidad del Concejo Municipal para iniciar la conversión y el certificado de condición de territorio ancestral, otorgado por el Ministerio de Autonomía.
Ante semejantes requisitos y el escaso tiempo que se les otorgó, sólo once municipios llegaron a cumplirlos y decidieron mediante referéndum del 6 de diciembre del 2009 ir a este tipo de autonomías. Todo el costo del proceso posterior de elaboración participativa de los proyectos de estatutos, el engorroso trámite consiguiente, etc. recayó totalmente sobre las espaldas de las organizaciones indígenas que demandaron la autonomía; ni qué decir de otra gama de trabas, amenazas e indiferencia de las autoridades.
El 2010 se promulgó la Ley Marco de Autonomías y se tenía la expectativa que daría un impulso en general al proceso de descentralización y autonomías en el país, particularmente las autonomías indígenas, pero el ritmo y dinámica no variaron en lo sustancial.
Hoy se cumplen cinco años desde que se promulgó la norma para el inicio de las autonomías, sólo dos municipios han logrado que sus estatutos pasen el control de constitucionalidad por el Tribunal Constitucional, tras un largo proceso de casi dos años que duró el trámite. San Pedro de Totora lo obtuvo el 6 de febrero de 2014, y Charagua el 12 de junio recién pasado. Otros tres están aún trabajando cuesta arriba para conseguir el control de constitucionalidad de esta instancia estatal y en los demás el proceso está paralizado por diferentes motivos y circunstancias tantos internas como externas.
Ahora, las organizaciones indígenas demandantes de la autonomía de estos dos municipios deben socializar entre la población los estatutos autonómicos que han pasado la prueba de constitucionalidad y deben organizar junto con el Estado el proceso de referéndum aprobatorio, pero previamente la pregunta del referéndum la debe aprobar el Tribunal Constitucional. No obstante, este proceso colisiona con el proceso electoral departamental y municipal que se llevará a cabo en los primeros meses del próximo año. Entonces queda la duda sobre si se elige a las nuevas autoridades en estos municipios con los estatutos autonómicos indígenas o con la ley electoral, u otra opción. Las organizaciones indígenas proponen la aprobación de una ley corta para la constitución de gobiernos autónomos indígenas originarios provisionales a través de sus normas y procedimientos propios, propuesta que está en manos del ministerio respectivo, que deberán poner a consideración de la Asamblea Plurinacional. Entonces es altamente probable que los referéndums no se lleven a cabo antes de las elecciones subnacionales.
Así, la viabilización de las autonomías indígenas parece seguir en la incertidumbre. En los planes de gobierno rumbo a las elecciones de octubre 2014, sólo dos partidos plantean propuestas sobre este tema, pese a que es uno de los aspectos principales que está retrasado en la construcción del nuevo Estado Plurinacional. El MSM propone cambiar la Ley de Autonomías en varios aspectos para facilitar a los municipios y territorios indígenas concretar este tipo de autonomías; Unidad Demócrata tiene un planteamiento similar. El MAS no propone nada sobre las autonomías y descentralización en general y la autonomía indígena en particular. Se podría decir que la autodeterminación de los pueblos indígenas, consagrada en la Constitución, hoy no parece tener relevancia en su agenda gubernamental.
Pese a ese panorama incierto, hay otros 14 municipios y territorios indígenas del país cuyas organizaciones están encaminándose hacia las autonomías indígenas, aunque igualmente deben sortear una serie de nuevos requisitos establecidos en las nuevas normas y procedimientos.
Desde nuestra perspectiva, pese a las dificultades y la burocracia, la voluntad por la autodeterminación y la autonomía de los pueblos indígena originario campesinas no cejará, y además los artículos 1, 2 y 30 de la Constitución Política del Estado establecen el ejercicio de la libre determinación y el autogobierno de los pueblos indígena originario campesinos y la conformación de un gobierno originario en función a sus procedimientos propios.
Como prueba de lo que sostenemos, uno de los municipios que recientemente se ha decidido la autonomía indígena es el de Corque Marka, de la Nación Originaria Suyu Jach´a Karangas, del departamento de Oruro. Sus máximas autoridades informaron que "en gran cabildo de autoridades originarias de Corque Marka efectuado en junio se decidió que todas las markas deben realizar la conversión a Autonomía Indígena Originaria Campesina” (CIPCA, julio 2014).
Por una Bolivia democrática, equitativa e intercultural.